¿Tienes o has tenido hipoteca?
Si tienes o has tenido hipoteca, seguro que has pagado al banco la comisión de apertura, es decir, una cantidad de dinero normalmente elevada (a veces incluso llega a superar los 3.000 euros) alegando, la entidad bancaria, unos gastos de estudio que nunca han existido.
Pues bien, ahora puedes reclamar la devolución del importe que el banco te haya cobrado en concepto de comisión de apertura
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¿Qué es la comisión de apertura y cómo saber si tú la tienes en tu hipoteca?
La comisión de apertura es una cantidad de dinero que la entidad bancaria cobraba a la hora de contratar el préstamo hipotecario, y que justificaba unos supuestos gastos que se habían generado durante la tramitación de la concesión de la hipoteca.
Para saber si en nuestro caso hemos pagado la comisión de apertura tenemos que revisar nuestra escritura de préstamo hipotecario, en la que, normalmente, se incluyen una serie de cláusulas financieras denominadas comisiones, y dentro de las mismas, suele aparecer el concepto "comisión de apertura", "de apertura", etc
La comisión de apertura se determinaba de dos formas, bien como una cantidad fija que la entidad bancaria cobraba a sus clientes con independencia de cuál fuese el crédito concedido; o bien como un porcentaje del capital prestado.
También es posible que no aparezca reflejada en tu escritura de préstamo hipotecario, lo que no quiere decir que no la hayas abonado. Para poder tener la seguridad o certeza de que no la has pagado habría que examinar la escritura prestataria así como los gastos desembolsados cuando fue suscrita.
¿Te ayudamos?
¿Qué bancos cobraron la comisión de apertura?
Entre los bancos que sí incluyeron comisiones de apertura en sus préstamos hipotecarios se encuentran las grandes entidades financieras de España: Banco Santander, BBVA, Caixabank, Banco Sabadell, Bankinter, Bankia
Pero tambien ocurrió con las Cajas de Ahorro, como por ejemplo: Abanca, Liberbank, Cajamar, Kutxabank, Unicaja, Ibercaja, etc
La realidad es que todas las entidades bancarias, ya sean las grandes entidades, o las menores, incluyeron comisiones de apertura, y en importes muy elevados que hubo de pagar el consumidor forzado por la necesidad de obtener financiación, por lo que, si tienes (o tuviste) hipoteca, es casi seguro que la entidad financiera te obligó a abonar comisión de apertura.
¿Por qué ahora puedo reclamar la devolución de la comisión de apertura?
Porque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que la cláusula de comisión de apertura es nula por abusiva, de manera que condena a la banca a su devolución, más intereses desde que fue abonada; y en contra del criterio de nuestro Tribunal Supremo hasta la fecha, el cual entendía que la comisión de apertura era un elemento esencial del contrato y que como tal, no podía someterse a un control de abusividad.
Sin embargo, por fin el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha rectificado al Tribunal Supremo, y ha dictado una sentencia en la que resuelve a favor de los consumidores.
Señala el TJUE que la comisión de apertura no puede entenderse como una prestación esencial del préstamo hipotecario por el hecho de que esté incluida en el coste total de éste. Además, la cláusula de comisión de apertura debe estar perfectamente explicada y el banco tiene obligación de asegurarse que el consumidor comprende el alcance de la misma.
La sentencia del TJUE apoya de nuevo a los consumidores, quienes tienen la oportunidad de reclamar la comisión de apertura y solicitar que se les devuelva el importe que pagaron en su día
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